Pactos políticos y fantasmas jurídicos

Las fiestas del Centenario deben ser aleccionadoras en muchos sentidos. Pensemos por un momento en lo que significó para los 300 mil habitantes del istmo el pasar de la noche a la mañana de ciudadanos colombianos a ciudadanos panameños. Pensemos en sus carencias y en sus problemas. Ninguno de ellos se resolvió ni la semana siguiente, ni al año siguiente. Con toda seguridad la Nación arrastra hoy algunos de los problemas que ya le aquejaban entonces. ¿Significa eso que aquélla fue una transformación ficticia?

No voy a discutir a aquí el hecho, por lo demás obvio, que su identidad cultural estaba ya configurada bajo el signo de la panameñidad antes de la separación de Colombia. Tampoco es el momento de detenerme a explicar que existe una diferencia abismal entre poseer un sentimiento y una identidad nacionales y ser el titular de un Estado.

Tras diez décadas de vida republicana y siendo la población del istmo hoy diez veces superior a la que era entonces, debemos constatar que nuestro éxito como nación consiste en compartir la comprensión de que las soluciones a los problemas nacionales no se encuentran en una ruta alterna a la trazada con la proclamación de la Independencia. Más bien, cualquier respuesta para que sea viable debe concebirse como una continuación de aquel proyecto fundacional. Avanzar es dejar atrás, no ignorar, o descalificar, el origen.

En buena medida, las Constituciones sirven para marcar las etapas sucesivas de superación del proyecto político original. No nos lo dicen exactamente, pero nos dan una buena pista sobre las revisiones y reorientaciones que han ido tomando forma respecto del punto de partida. No podemos entender la historia panameña, sino vinculamos las realizaciones de un período con la acumulación que se fue logrando a través de las acciones y las luchas de los períodos precedentes.

Por eso es importante que coloquemos las reformas constitucionales de 1983 bajo el prisma de lo que fue la lucha contra la dictadura y las formas en que esta respondió. Una de las facetas que adoptó el combate contra el gobierno militar fue la denuncia de la Constitución torrijista de 1972. Desde el primer día, se le acusó de ilegítima, antidemocrática y autoritaria, tanto por la forma en que fue adoptada, como por sus contenidos.

Aprobados los Tratados del Canal, los militares procedieron con una "reforma" de acuerdo al procedimiento estatuido en la misma carta militarista de 1972 (artículo 140). Así en 1978, antes de cesar en sus funciones, la primera Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, los famosos 505, aprobaron el Acto Reformatorio No.1 de 5 de octubre, mediante el cual se estableció que el Presidente y el Vicepresidente de la República serían elegidos por votación popular directa (disposición que nunca llegó a aplicarse); se varió la conformación del Consejo Nacional de Legislación, permitiéndose que una tercera parte de sus miembros fueran elegidos por votación popular (lo que no amenazaba el predominio de militares y militaristas); y, al mismo tiempo, se le quitaba a dicho Consejo la facultad de aprobar el Presupuesto del Gobierno Central, y se le asignaba al Consejo de Gabinete. Las otras disposiciones reformadas (41 artículos nuevos en total) eran de escasa trascendencia.

La segunda Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, que tomó posesión el 11 de octubre de 1978, sin que nadie supiera en ese momento que iba a ser la última, ratificó las reformas unos días después mediante el Acto Reformatorio No. 2 de 25 de octubre. Con ello las reformas entraban en vigencia para que seis años después, en 1984, panameños y panameñas concurrieran a las urnas a elegir, por primera vez desde 1968, al primer mandatario de la nación.

Una parte importante de los cambios introducidos ese año tuvo lugar en el ámbito de la ley. Así, se reglamentaron los partidos políticos y los medios de comunicación.

En 1979, se inscribió el Partido liberal; le siguió el Partido Revolucionario Democrático, sobre cuyos orígenes hay muy poco que ya no se haya dicho. El 25 de junio de ese año salió a la calle el primer ejemplar de YA, primer diario de oposición al régimen militar.

A través de la huelga de educadores de 1979 y las protestas de los trabajadores por la aprobación de la Ley 95, se fue vertebrando una creciente oposición al gobierno. Cuando ocurrió la tragedia de Cerro Marta el 31 de julio de 1981, la suerte del régimen militar estaba echada.

Le correspondió al General Paredes y al presidente Ricardo De La Espriella acordar con los partidos políticos un reforma más profunda que la "concedida" en 1978. El 19 de noviembre de 1982, el Consejo de Gabinete nombró la Comisión Revisora de la Constitución integrada por 16 miembros, siete de los cuales provenían de ternas enviadas por cada uno de los partidos políticos existentes. El 1 de diciembre de 1982 los comisionados dieron inicio a sus labores, y tras 120 días de sesiones, Jorge Fábrega, entonces presidente del Colegio de Abogados, sobre quien además recayó la responsabilidad de presidir la Comisión Revisora, envió al Presidente de la República el "Pliego de Reformas a la Constitución".

El "Pliego" estuvo acompañado de una lista de organizaciones de la sociedad civil (de trabajadores, empresarios, indígenas, mujeres, grupos cívicos, educadores, abogados, y muchas otras, que suman cerca de la centena) que enviaron propuestas y recomendaciones que fueron consideradas por la Comisión.

El 30 de marzo de 1983 el Consejo de Gabinete expidió una resolución mediante, la cual se convocaba a un referéndum para que los ciudadanos decidieran si aprobaban o no las reformas a la Constitución de 1972 propuestas por la Comisión Revisora. Se señaló el 24 de abril para la realización de los escrutinios; es decir, medió menos de un mes, entre que se conocieron las reformas propuestas y se acudió a las urnas a votar sobre ellas. Al Tribunal Electoral se le instruyó reglamentar dichos escrutinios, lo cual hizo inmediatamente a través de una extensa reglamentación de más de 60 artículos. Pero claro, siempre había un pequeño grupo que se oponía y que además demandó la inconstitucionalidad de todo el proceso.

Con inusual premura, la Corte Suprema expidió su fallo tres días antes de que se celebrase el torneo, y avaló la reforma tal como se había planteado. El máximo tribunal de justicia se fundamentó en que las Constituciones son pactos políticos que expresan una voluntad nacional. Como el voto del electorado es un medio eficiente para constatar la existencia de dicha voluntad, todos los pasos intermedios que se den para alcanzar ese fin son igualmente constitucionales.

El domingo 24 de abril más de medio millón de panameños y panameñas concurrieron a depositar su voto con el siguiente resultado: 476 mil 716 votos afirmativos, 66 mil 447 votos negativos. En una relación de 7 a 1, triunfó el movimiento a favor de las reformas, lo que es un claro indicativo del apoyo que concitaba su contenido.

Resumamos de qué fuerzas estaba hecho el poder constituyente de ese momento: del mando de la Guardia Nacional, del liderazgo del poder civil de turno, de la aquiescencia de los llamados sectores populares agrupados en torno a la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, del consenso entre los partidos políticos (los cuales abarcaban un amplio espectro de opciones ideológicas), de la participación de la sociedad civil, y del voto ampliamente mayoritario del electorado. No tenía entonces ningún sentido invocar la violación de las reglas contenidas en la cláusula reformatoria de la Constitución. Los que hoy sostienen que la quinta papeleta, que no es más que una consulta, es inconstitucional, no se dan cuenta que la Constitución que tanto parecen defender fue el fruto de la violación de esas mismas reglas. Si el criterio de los detractores de la quinta papeleta se aplicase a la actual Constitución, tendríamos que concluir que la actual Constitución es nula y que debe aplicarse la Constitución de 1972, tal como fue reformada en 1978.

Este es el absurdo al que se llega cuando se agita el fantasmita jurídico de que "las autoridades sólo pueden hacer lo que les autorizan las leyes" para impedir la formación de un pacto político a nivel nacional.
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El Panamá América, Martes 11 de noviembre de 2003